Agrupación empresarial de Alquiler de Vehículos Con y Sin Conductor de Baleares-AEVAB-
En el siguiente enlace encontraréis el trámite telemático para la la comunicación de las flotas de vehículos, tal como establece la Resolución del Consejero de Territorio, Energía y movilidad, de 13 de mayo de 2019
La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, establece en su artículo 60, que las empresas de alquiler de vehículos y las que sustituyen anualmente más del 30% de sus vehículos tienen que cumplir los porcentajes mínimos de adquisición de vehículos libres de emisiones establecidos en el anexo y comunicar a las administración todas las unidades de vehículos de las que disponen estas empresas en todo momento.
La Resolución del Consejero de Territorio, Energía y movilidad, de 13 de mayo de 2019 establece el procedimiento para la comunicación de las flotas de vehículos, indicando que se tendrán que comunicar antes del 30 de junio de 2019, y en todo caso, siempre que se modifique la flota de vehículos.
Por este motivo, en el siguiente enlace, encontraréis el trámite telemático para poder realizar las comunicaciones de la flota de vehículos, donde disponéis de la información y el formulario excel que se tiene que rellenar.
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